viernes, 23 de noviembre de 2012

LADRI DI BICICLETTE

Probablemente muchos hayan celebrado esta semana que la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal haya aplicado los principios pro homine, pro libertate y ultima ratio, para —entonces— determinar que la sustracción de una bicicleta en la vía pública constituye un hurto simple (en contra de la posición que estima que la bicicleta es un "vehículo", en los términos del art. 163, inc. 6° CP —hurto agravado—).

Este fallo (felizmente garantista) está disponible en la página del Centro de Información Judicial y una buena crónica (no oficial) del caso en cuestión fue publicada por Página 12.

El comentario de esta decisión y la conversación cotidiana con los compañeros de actividad hizo aflorar ciertas indagaciones con un toque de bitter... 

A veces me pregunto ¿para qué estamos...? 
¿Realmente esto tenía que llegar hasta la Cámara Federal de Casación Penal?

Y algunas ideas que surgieron a partir de esto último fueron las siguientes:


+ Si dentro del top ten de las prohibiciones de la cultura judeo-cristiana se encuentra el famoso "no robarás"; entonces la sustracción de una cosa mueble (por ej. una bici) tiene escasas chances de verse despenalizada (asumámoslo: la defensa de la propiedad privada es una prioridad en nuestra sociedad).

+ Parece extraño que la conformación de nuestro sistema judicial determine que los jueces de la CFCP (máximo tribunal penal federal del país) puedan estar en situación de fallar en un mismo día casos tan diferentes como "Lesa Humanidad" y "Bici".

+ Para intervenir en "Bici" en la Capital Federal debería estar la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (que fue creada en 2008 y concursada hasta 2010 pero no funca —ni siquiera tiene edificio donde operar—). Aún así, no dejaría de ser amargamente llamativo que el caso llegase hasta una instancia tal alta.

+ Delitos como el del caso "Bici" son ordinarios y deberían ser juzgados por tribunales de la CABA, lo cual, excluiría a la CNCCC. Pero igual el asunto podría llegar hasta el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad —que sonaría más natural, pero de todos modos ridículo—).

+ Para que "Bici" no llegase a semejante grado de judicialización, debería existir un recorte de la oferta de justicia penal.

+ Un camino posible sería aumentar los delitos de acción privada.

+ Otra alternativa sería la introducción del principio de oportunidad.

+ Algunos piensan que eso requiere de una reforma constitucional.

Pareciera que los ítems anteriores no se relacionan con la pregunta "para qué estamos" (los operadores de la administración de justicia en general —de ambos lados del mostrador—). Son problemáticas cuya solución exige actividad legislativa y ejecutiva.

La implementación de una "justicia" para delitos menores (diligente —sin componentes inquisitivos—) y otras variables (institutos como la reparación, mediación, etc.) podrían responder mejor a esta especie de  casos. Han aparecido proyectos legislativos en este sentido, pero todos terminan cayendo por no tener tratamiento parlamentario.

Ergo: de momento "estamos" para seguir trabajando, debatiendo estas cosas, difundiendo nuestras ideas (si nos da el cerebro, la gana y la "llegada"); y también para intentar introducir algunos criterios superadores, en los escasos márgenes que nos lo permite el hecho de que muchas veces "no somos nuestros propios jefes".



domingo, 11 de noviembre de 2012

ENCUENTRO INTERNACIONAL DE ENSEÑANZA DEL DERECHO



Auditorio de la Universidad Maimónides
Hidalgo 775, CABA

Temática:

La enseñanza del derecho es uno de los problemas fundamentales a la hora de pensar cualquier tipo de transformación estructural ya sea en el propio ámbito de la justicia, como en el de lo público en general. Las razones son bien conocidas, por un lado, el buen funcionamiento del Poder Judicial es una necesidad insoslayable de cualquier estado democrático, por el otro, los abogados son los que masivamente ocupan puestos ejecutivos o de dirección en la administración pública y privada. Esta doble argumentación justifica sobradamente todo análisis, desde los más diversos puntos de vista y objetivos, del problema de la enseñanza del derecho en nuestro país.

Sin embargo, los lugares en que se produce esta reflexión son realmente escasos teniendo en cuenta la trascendencia del tema y puede sostenerse que no existe la debida atención respecto de la fundamental labor de formar a quienes tendrán la difícil tarea de ejercer la magistratura o de proyectar, dirigir y ejecutar políticas.

El problema queda planteado, si coincidimos que la crisis de la justicia es uno (o el más grave) de los problemas que nos aqueja como país, la reflexión acerca de la enseñanza del derecho es evidente, fundamental y urgente. En el mismo sentido, si creemos en la necesidad de capacitar de diferente manera a quienes nos gobiernan, el problema apuntado es de notoria actualidad.

Participantes:

Dr. Eugenio R. Zaffaroni (Ministro de la CSJN)

Dr. Javier Buján (Vice Ministro de Justicia CABA)

Dr. Nicolás García Rivas (Universidad de Castilla La Mancha – España)

Dr. Gonzalo Quintero Olivares (Universidad de Barcelona – España)

Dr. Javier Batello Calderón (Universidad Dom Bosco Porto Alegre – Brasil)

Dr. Marcelo López Mesa (Poder Judicial Prov. del Chubut)

Dr. Enrique Gussoni (Director Carrera de Abogacía – Universidad Maimónides)


Inscripción libre y gratuita, mediante envío de mail a derecho@maimonides.edu con los datos personales (Asunto: “Encuentro Internacional sobre enseñanza del derecho”).

Se entregarán certificados de asistencia.

Extra info: click AQUÍ

Informes: 4905-1122/1138 (14.00 a 20.00).